jueves, 30 de marzo de 2023

el reparto de escaños (I)

El pasado 23 de marzo, el Boletín Oficial nos deparó una nueva modificación de la ley electoral por la que se regirán las elecciones a las Cortes de Aragón que tendrán lugar escasamente dentro de dos meses. Por cierto, ningún medio de comunicación le dio importancia a esa ley ni ha merecido la pena comentarios sobre la misma. 

Las leyes electorales son la esencia de la democracia, establecen cómo regular la participación democrática de la ciudadanía en el gobierno que corresponda. Son leyes importantes, suelen tener una influencia decisiva a la hora de conformar gobiernos y por ello se espera que tengan vocación de permanencia, a pesar de que contienen fórmulas y procedimientos de cálculo cuyos datos de entrada son variables a lo largo del tiempo. Una ley que se publica justo unos días antes de su puesta en marcha no parece que cumplirá esa última condición, la de ser durarera. Le auguro pocas legislaturas de vigencia.

Bien es verdad que esta ley, modificación de una anterior, aporta pocas novedades, la más importante es la de adecuar la ley electoral a lo que dice nuestro Estatuto de Autonomía, que después de 40 años de vigencia hubo que modificar para que Teruel no perdiera un escaño, y conservara los 14 que tenía hasta ahora.

De las múltiples aristas de una ley electoral, destaco dos de ellas. Por un lado, cómo se distribuyen los puestos entre las diferentes circunscripciones electorales, y por otro, cuál es el procedimiento de atribución de escaños a partidos según los votos obtenidos. Estos dos procedimientos determinan la proporcionalidad del correspondiente sistema electoral. Es bien sabido que en España las dos elecciones que gozan de una mayor proporcionalidad, es decir, el respetar lo más posible lo de “una persona un voto”, y de las que nunca he leído quejas sobre las mismas, son las europeas y las municipales; ello es debido a que solo hay una circunscripción electoral, no hay que repartir ningún escaño entre circunscripciones. Respecto de la ley D’Hont, utilizada en todos los procesos electorales para atribuir escaños a candidatos, afecta a la proporcionalidad pero no tanto como el otro reparto.

 Por ejemplo, tomando datos de las elecciones municipales de 2019, los escaños “más caros” en las elecciones en Zaragoza fueron para la coalición que encabezaba ZeC, que les costaron 11.000 votos cada uno, y los más baratos fueron para el PP, que necesitó casi 9.000 votos por concejalía. A pesar de esta diferencia podemos afirmar que la proporcionalidad es aceptable, por un lado, la proporcionalidad pura no puede darse y por otro, se acepta que la ley D’Hont introduce una desproporcionalidad admisible, generalmente sesgada a favor de los partidos grandes.

En cambio, los costes de los escaños en las actuales, y casi finiquitadas Cortes de Aragón, adolecen de diferencias mucho mayores. Así, el PAR necesitó más de 17.000 votos para obtener su escaño por la provincia de Zaragoza, y Podemos menos de 4.400 para conseguir su escaño por Teruel. La desproporcionalidad es manifiesta. En esas elecciones, esta disparidad de cifras es debida fundamentalmente a la forma de repartir escaños por provincias, cosa que la nueva ley electoral, mencionada al principio de estas líneas, tiene el objetivo de repetir la misma distribución que en 2019, aunque con diferente redacción. Dejo para mañana comentarios más detallados sobre esta ley.


1 comentario:

  1. Ahí están las servidumbres de un reparto que busca mayorías, creo que la mayor remora de este tema, es la dependencia de los gobiernos nacionales con los partidos periféricos, la estrategia es preparar coaliciones preelectorales, que es lo que busca esa normativa.

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